Título: Prevención de Riesgos Laborales: La integración de la actividad preventiva en una empresa. Los Servicios de Prevención
Autor: Oliver Faubel, Inmaculada
Resumen: El deber general de protección se lleva a cabo a través de una adecuada gestión de la prevención. Los artículos 30 y 31 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) definen las bases en que debe apoyarse la organización de los recursos de la empresa en función del tamaño de esta y de la naturaleza de los riesgos que pretende proteger.
El Reglamento de los Servicios de Prevención (RSP), aprobado por el Real Decreto 39/1997, cumplimenta el mandato establecido en el art. 6.1 de la LPRL, desarrollando ampliamente las modalidades organizativas de la prevención de riesgos laborales.
Una de esas modalidades es la que consiste en recurrir a un Servicio de Prevención (SP) ajeno. De qué es un servicio de prevención, de cuándo puede el empresario optar por esta modalidad, de qué requisitos ha de reunir y con qué recursos materiales y humanos debe contar una entidad especializada para poder actuar como SP, qué funciones desempeñan, etc., hablaremos en este artículo docente.